Convivencia modalidad Entrega-Recepción

Artículos 3 fracción XXII, 6 fracción IV, 64 y 65 del Reglamento Interior

Servicio consistente en vigilar la entrega y recepción de los NNyA en un determinado horario dentro del Centro, con la finalidad de que la convivencia se lleve a cabo en un lugar externo. Para la prestación del servicio, se requiere que las partes presenten y dejen en el CECOFAM una de las identificaciones indicadas en el artículo 9 del Reglamento Interior, y será devuelta terminado el servicio, es decir, a la recepción de los NNyA. Al ser presentado el niño, niña o adolescente para la convivencia, se realizará una revisión médica por el personal médico adscrito al Centro para verificar su estado de salud, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 19 del presente Reglamento. Una vez concluida la revisión, los NNyA podrán abandonar el Centro con la parte custodia o conviviente, dependiendo de si es entrega o recepción. El servicio se presta de lunes a domingo de las nueve a las dieciocho horas, y por ningún motivo la entrega-recepción podrá extenderse fuera de estos horarios.

Centro de Convivencia Familiar Supervisada